CONCAPA se muestra satisfecha con la sentencia del Tribunal Supremo
La enseñanza de la Religión, un derecho de los padres
El Alto Tribunal establece la igualdad de la religión con las demás asignaturas
08/02/2009 | ALBAdigital
Clase de Religión en un centro católico
Esta agrupación de padres recuerda que según la sentencia del Alto Tribunal «la presencia de la Religión en el currículo escolar responde al mandato constitucional y hace posible que los hijos reciban la formación moral que esté de acuerdo con las convicciones de sus padres, un derecho que, desde algunas instancias sociales y políticas, se pretendía negar». Con este pronunciamiento -sigue el comunicado- del Tribunal Supremo se pone fin a la campaña orquestada para eliminar la enseñanza religiosa de la escuela, que sólo responde a intereses partidistas y a inconfesables fobias de unos pocos.
Para estos padres católicos «el Tribunal no sólo hace hincapié en el derecho de los padres, sino que reconoce también el de las confesiones religiosas a la divulgación y expresión pública de su credo, componente esencial de la libertad religiosa».
CONCAPA recuerda que «el Estado está obligado por la Constitución y por los tratados internacionales a garantizar el derecho de las familias a que sus hijos sean educados conforme a sus creencias y convicciones religiosas, sin que por ello se vea afectado su carácter aconfesional. Es más, precisamente es éste el que obliga a los poderes públicos a tener en consideración las creencias religiosas de sus ciudadanos y, desde luego, a mantener relaciones de cooperación con las distintas confesiones religiosas, y en el caso de la Iglesia Católica a cumplir los acuerdos suscritos con ella, que son declarados en la propia sentencia como absolutamente constitucionales y dotados del mismo valor jurídico que cualquier otro tratado internacional».
En referencia a la polémica asignatura Eduación para la Ciudadanía, CONCAPA lamenta que «este expreso reconocimiento del derecho de los padres a decidir cuál ha de ser la educación moral y religiosa de sus hijos no haya sido elemento sustancial de otros pronunciamientos de este Tribunal y, en particular, en el reconocimiento de la objeción de conciencia frente a Educación para la Ciudadanía, una asignatura que interfiere en la formación moral de los alumnos».
No obstante, CONCAPA espera que «esa sentencia incida en este aspecto y contribuya a eliminar los intentos por formar una conciencia moral única que se atribuye a esta asignatura, resolviendo el verdadero problema surgido en la educación española, que no es si procede o no la objeción sino el reconocimiento de que la formación moral excede de las competencias del Estado y corresponde exclusivamente a la familia, actuando los centros docentes como meros colaboradores en función de la libre elección que realicen las familias».